Real Audiencia de México
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Real Audiencia de México

Cuando la Monarquía Hispánica organizó los territorios americanos, trasladó el modelo institucional de la Reales Audiencias castellanas al Nuevo Mundo. En ellas no solo se administraba justicia, sino que asesoraban al gobernador o al virrey y, en ausencia de estos, podían asumir el gobierno del territorio. Constituyeron, junto con el Consejo de Indias, uno de los pilares del sistema político y judicial de la Monarquía en América.


Tras la conquista de México, Cortés era capitán general, gobernador, ejerciendo además funciones de justicia mayor en la Nueva España. Gozaba de un inmenso prestigio entre los conquistadores y administraba un territorio enorme.

Hasta 1521 la prioridad había sido conquistar, pero después de la conquista, las cuestiones más importantes pasaban por organizar y gobernar el territorio. Para ello hacían falta instituciones estables. A la Corte llegaban continuamente quejas sobre el reparto de encomiendas, abusos cometidos por algunos conquistadores, conflictos entre los propios españoles, acusaciones contra el gobierno de Cortés. No todas eran ciertas. Muchas procedían de rivales políticos, pero obligaban a la Corona a intervenir.

 Carlos I, con la lógica desconfianza de que un solo hombre concentrara tanto poder, acabó aplicando un principio constante de la Monarquía castellana: el poder debía residir en el rey y ejercerse a través de sus instituciones.

La Ley y La Justicia

Con esta intención la Audiencia y Cancillería Real de México fue creada por Carlos I el 29 de noviembre de 1527 mediante Real Cédula. Con ello se pretendía Garantizar una administración de justicia imparcial, consolidar la organización del nuevo reino, reafirmando la autoridad real.
Era mucho más que un tribunal. Sus oidores administraban

justicia en nombre del rey y, por su posición dentro de la estructura política de la Monarquía, podían intervenir también en el gobierno del territorio. En determinados casos, la Audiencia podía asumir temporalmente las funciones del gobernador o del virrey. Por ello, su establecimiento suponía mucho más que la creación de un órgano judicial: significaba introducir en América una institución permanente de la Corona.

La Primera Audiencia no nació para sustituir la obra de Hernán Cortés, sino para sustituir el gobierno personal del conquistador por una administración permanente dependiente directamente de la Corona.


Carlos I recompensó ampliamente a Cortés quien, para defenderse de las muchas acusaciones que recaían sobre él, había viajado en 1528 hasta Castilla en donde tuvo varias entrevistas con el rey. Este lo nombró Marqués del Valle de Oaxaca; confirmó gran parte de sus propiedades y le concedió nuevas capitulaciones para explorar el Pacífico, pero no quiso devolverle el control absoluto del gobierno.

Era una forma de dejar claro que las conquistas se realizaban en nombre del rey y que los territorios conquistados quedaban incorporados a la Corona, no al patrimonio personal de los conquistadores.

Real Audiencia de México
Busto de Nuño Beltrán de Guzmán

La Primera Audiencia, presidida por Nuño Beltrán de Guzmán, empezaría a gobernar en diciembre de 1528 para servir de tribunal a los territorios que estaban hasta ese momento bajo el gobierno de Hernán Cortés, limitando de esta forma sus poderes. Su composición en un principio fue: Presidente: Nuño Beltrán de Guzmán y cuatro oidores: Juan Ortiz de Matienzo, Diego Delgadillo, Diego Maldonado y Francisco de Ceynos

Resultó ser un absoluto fracaso. Sus abusos, arbitrariedades y enfrentamientos demostraron que el remedio había resultado peor que el problema. Pero Carlos I no abandonó el modelo de Audiencia sino que lo corrigió y lo perfeccionó. Fue sustituida por la Segunda Audiencia, creada en 1531, esta vez estuvo presidida por Sebastián Ramírez de Fuenleal. Los miembros actuaron con mucha mayor prudencia y prepararon el terreno para la llegada del primer virrey, Antonio de Mendoza, que sucedió  en 1535.

Cronología de la institución:
29 de noviembre de 1527: creación de la Primera Audiencia.
Diciembre de 1528: comienza a gobernar en México bajo Nuño de Guzmán. 
1530: la Corona decide sustituirla ante los graves conflictos, abusos y desórdenes durante su gobierno.
9 de enero de 1531: entra en funciones la Segunda Audiencia.
1531: comienza efectivamente su actuación
1535: llegada Antonio de Mendoza y establecimiento del virreinato.

Algunos historiadores consideran que el verdadero modelo institucional de la Nueva España comenzó no con la Primera Audiencia, sino con la Segunda, consolidándose definitivamente con la creación del virreinato.

El distrito jurisdiccional de la Audiencia de México no permaneció invariable. 
A medida que la Corona fue consolidando su presencia en América y creando nuevas instituciones, sus límites fueron modificándose y determinados territorios pasaron a depender de otras Audiencias.
Inicialmente, en 1528, Carlos I da una Provisión con sus límites en la que establece: 
Cabo de Honduras y de las Higueras (hasta 1534 en que pasan a Santo Domingo). Guatemala (hasta 1543 en que se convierte en Audiencia).
Yucatán, Cozumel y Tabasco (que entre 1543 y 1560 alternan su dependencia entre las Audiencias de Guatemala y México de la que formarán parte definitivamente), Pánuco, Florida, Río de las Palmas. 
Hasta que en 1548 se funda la Audiencia de Nueva Galicia, los territorios del Norte de México también forman parte de su jurisdicción.
En 1570 su jurisdicción quedó así: 
al S, el Pacífico y la provincia de Guatemala; 
al E, el Atlántico; 
al O el Pacífico y Nueva Galicia; 
al N, Nueva Galicia y las tierras por conquistar.
Dentro de su jurisdicción se comprendían cuatro obispados:
-Obispado de México: México, la provincia de Teotlalpan, Metalcimpo, Sultepec, Texcoco, Tlatuic, Coyxca, Acapulco.
-Obispado de Tlaxcala: Puebla de los Ángeles, Tlaxcala, Valle Atlixco, Valle Ocumba y la provincia de Veracruz.
-Obispado de Oaxaca.
-Obispado de Michoacán.

Fuentes: pares.mcu.es

 

 

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